| En orden a la responsabilidad del profesional farmacéutico, en los últimos años, la entrada en vigor de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, la promulgación de las normas de ordenación farmacéutica por parte de las Comunidades Autónomas y la celebración de conciertos farmacéuticos autonómicos entre las Consejerías de Sanidad de algunas Comunidades Autónomas y los Colegios Farmacéuticos, han modificado los tradicionales criterios de exigencia de responsabilidad profesional a los farmacéuticos, desplazándolos desde los daños causados por el medicamento al respeto de los derechos del paciente, circunstancia ésta que pone de manifiesto la existencia de nuevas responsabilidades. |
No hay comentarios:
Publicar un comentario